IPAB

La administración y transparencia en la información es fundamental en nuestra operación.


Titulares y Productos Garantizados

El programa de Titulares Garantizados por el IPAB, asegura el pago a través de la asunción por parte del IPAB, en forma subsidiada y limitada (hasta 400,000 UDI), de las obligaciones a cargo de las Instituciones Financieras que se consideren garantizadas conforme a la Ley de Protección al Ahorro Bancario, cuando tales Instituciones se encuentren en estado de liquidación o concurso mercantil.

Cuentas Individuales: Si usted es titular de una Cuenta Individual, es considerado como Titular Garantizado por el IPAB.

Cuentas Solidarias: Cuentas a nombre de dos o más personas y el importe de los depósitos puede ser dispuesto indistintamente por cualquiera de los Titulares. Si usted es el primer Titular o Primer Cotitular de una Cuenta Solidaria, es considerado Titular Garantizado por el IPAB.

Cuentas Mancomunadas: Cuentas a nombre de dos o más personas, siendo indispensable la firma de todos los cotitulares para efectuar retiros, cancelaciones o modificaciones de las condiciones del contrato. Si usted es titular de una Cuenta Mancomunada, usted y su o sus cotitulares son considerados Titulares Garantizados por el IPAB. En el caso de Cuentas Mancomunadas y Colectivas, la garantía para los Titulares o Cotitulares aplicará en forma proporcional a cada uno de ustedes.

Productos Garantizados por el IPAB

Personas Físicas:

  • Cuenta Hey
  • Cuenta Hey Smart
  • Cuenta Hey Plus
  • Cuenta Hey SmartX
  • Apartados Hey
  • Cuenta Hey N2

Inversiones:

  •  Inversión Hey

Persona Física con Actividad Empresarial y Persona Moral:

  • Cuenta Hey Negocios
  • Ahorro Hey Negocios
  • Cuenta Hey Negocios B
  • Ahorro Hey Negocios B

En Hey Banco, ponemos a tu disposición la página web del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) para las consultas que requieras y necesites en base a tus requerimientos.

Titulares y productos garantizados por el IPAB

IPABEl Instituto para la Protección al Ahorro Bancario (IPAB) garantiza las operaciones establecidas en el Artículo 46 fracciones I y II de la Ley de Instituciones de Créditos, hasta por 400mil unidades de inversión (UDI) por persona física o moral, y por banco. Visita www.gob.mx/ipab.